Oficio autorización exportador autorizado a que se refiere el articulo 21 del Anexo III de la DECISIÓN 2/2000
Por medio del presente se hace de conocimiento a los usuarios de comercio exterior, que en los despachos de mercancia para la cual se aplica una preferencia arancelaria entre México y algún país miembro de la Comunidad Europea en base a una declaración en factura, la autoridad aduanera esta solicitando se presenta al momento del reconocimiento aduanero el oficio por medio del cual se otorgo al exportador autorizado su número de autorización, el cual se indico en la declaración en factura.
Atendiendo lo anterior, se sugiere contar con este oficio al momento de realizar el despacho de las mercancías, con el fin de evitar alguna incidencia por parte de la autoridad.