La Secretaría de Economía el 28 de marzo de 2025 publico en el Diario Oficial de la Federación la resolución citada al rubro, cuya entrada en vigor es al día siguiente de su publicación, como se indica a continuación:
Producto
Lámina rolada en caliente
Fracciones arancelarias
7208.10.03, 7208.26.01, 7208.27.01, 7208.38.01, 7208.39.01,7225.30.91 y 7225.40.91 de la TIGIE, o por cualquier otra.
País de origen
Federación de Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia
Tipo de resolución
Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones
Resolución de la autoridad
Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, y como periodo de análisis el comprendido del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2024.
Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen de vigencia, contarán con un plazo de 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario de examen de vigencia de cuotas compensatorias establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes de conformidad con los artículos 6.1 y 11.4 del Acuerdo Antidumping y3o., último párrafo y 89 F de la LCE.
La presente se hace de su conocimiento, con el fin de tomar las acciones necesarias para cumplir con la presente disposición y evitar cualquier eventualidad en el despacho de sus operaciones.