El objetivo es apoyar la competitividad de la industria nacional al aplicar aranceles preferenciales en la importación de maquinaria e insumos utilizados en la producción y ensamble de mercancías.
Mercancías de la Regla 8a.
- Insumos
- Materiales
- Partes
- Componentes
- Maquinaria
- Equipo
- Material de empaque y embalaje
Permite a empresas que cuenten con registro de fabricante importar al amparo de la fracción designada específicamente para ello, a través de alguna de las fracciones arancelarias de la partida 98.02 de la TIGIE:
Insumos, materiales, partes y componentes para utilizarse única y exclusivamente para ampliar una planta industrial, reponer equipo o integrar un artículo fabricado o ensamblado en México.
Son candidatas:
Empresas que cuentan con un Programa de Promoción Sectorial (PROSEC).
Tratándose de importaciones temporales deberán contar también con un Programa IMMEX.
Mercancía sensible Aquellas cuya importación requiere controles específicos para protegerla industria nacional y que son susceptibles de ser desviadas a otra finalidad distinta a la otorgada en el Programa IMMEX.
Su importación temporal requiere del cumplimiento de requisitos específicos a efecto de que se autorice su ingreso a territorio nacional, de conformidad con el Anexo II Decreto IMMEX Anexo 28 RGCE 2024.
Requisitos establecidos en el Capítulo 3.3 De los requisitos específicos del Programa IMMEX para mercancías sensibles.
Regla3.3.1 Las disposiciones establecidas en el presente capítulo aplicarán a las empresas con Programa IMMEX que pretendan realizar la importación temporal y el retorno de mercancías sensibles, independientemente del bien final a producir.
Regla 3.3.6 requisitos para la Ampliación para importar mercancías sensibles.
Regla 3.3.7 requisitos de Ampliación subsecuente
CERTIFICACION SAT
El titular del Programa IMMEX, puede optar por el esquema de certificación de empresas para poder importar mercancía sensible Sin que se pueda realizar la importación temporal de las mercancías sensibles a través de regla 8vaî, conforme a la Regla 7.1.2., Anexo 28 y la ficha de trámite 118/LA del Anexo 2 de las RGCE (SAT).
La presente se hace de su conocimiento, con el fin de tomar las acciones necesarias para cumplir con la presente disposición y evitar el retraso en el despacho de sus importaciones.