Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de cables de acero originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
La Secretaría de Economía publicó en fecha 17 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación la Resolución indicada, cuya entrada en vigor es el día de su publicación.
Producto
Cables de acero
Fracciones arancelarias
7312.10.01, 7312.10.05, 7312.10.07 y 7312.10.99, o por cualquier otra.
País de origen
República Popular China, independientemente del país de procedencia.
Tipo de resolución
Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria
Resolución de la autoridad
• Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2024.
• Conforme a lo establecido en los artículos 11.3 del Acuerdo Antidumping, 70 fracción II y 89 F de la LCE y 94 del RLCE, la cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 1 y 2 de la presente Resolución, continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia. (cuota compensatoria definitiva de 2.58 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo.)
Antecedentes
D.O.F 16/12/2014 Resolución final de la investigación antidumping.
D.O.F 11/09/2018 Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias.
D.O.F 02/12/2019 Resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria
D.O.F 28/05/2021 Resolución Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria