Se tiene conocimiento que a la fecha la autoridad aduanera se encuentra iniciando Procedimientos Administrativos en Materia Aduanera a las empresas IMMEX que realizan importaciones temporales de mercancia sensible del Anexo II del Decreto IMMEX, ya sea por no encontrarse dadas de alta en su programa IMMEX y/o no cuenten con las ampliaciones para importar mercancia sensible.
Derivado de lo anterior, se hacen las siguientes recomendaciones las cuales deberán ser tomadas en consideración al momento de realizar la importación de estas mercancías:
- Las empresas con registro en el esquema de certificación de empresas en la modalidad de IVA e IEPS deberán presentar la ficha de tramite 118/LA Autorización para importar temporalmente mercancías listadas en el Anexo II del Decreto IMMEX o en el Anexo 28 de las RGCE, o en ambos mediante VUCEM, ademas de presentarlo directamente ante las oficinas de AGACE con el fin de contar con el sello de recepción.
- Las empresas que cuenten con el registro en el esquema de certificación de empresas deberán presentar la ficha de tramite 62/LA Avisos relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, mediante la cual se solicitara autorización para la adición de fracciones arancelarias a tu Registro.
- A efecto de mantener actualizado el archivo electrónico de las empresas certificadas, éstas deberán informar a la DGFCCE, mediante escrito libre, al correo electrónico dgce.tramitesc@ecnomia.gob.mx sobre las ampliaciones a que se refiere el artículo 6 BIS fracción II del Decreto IMMEX, lo anterior en cumplimiento a la regla 3.2.19 de la SE.